Mientras estás con licencia médica, tu empleador no te paga el sueldo. En su lugar recibes un subsidio por incapacidad laboral: un pago que reemplaza tu sueldo durante esos días. Quién te lo paga depende de tu sistema de salud y del tipo de licencia.
¿Quién te paga la licencia?
| Tu situación | Quién te paga |
|---|---|
| Enfermedad común y estás en Isapre | Tu Isapre |
| Enfermedad común, estás en Fonasa y tu empleador está en una caja de compensación | La caja de compensación |
| Enfermedad común, estás en Fonasa y tu empleador no está en una caja | La COMPIN (Fonasa) |
| Accidente en el trabajo, en el trayecto o enfermedad causada por el trabajo | La mutual de tu empleador o el ISL |
¿Qué son los días de carencia?
Son los primeros días de una licencia que no se pagan. Así los llama la ley. Funcionan así:
- Si tu licencia es de 10 días o menos, no se pagan los primeros 3 días.
- Si es de 11 días o más, se paga completa desde el primer día.
- Si es por un accidente o enfermedad del trabajo, se paga siempre desde el primer día.
Algunos contratos o convenios colectivos dicen que el empleador paga esos días. Revisa el tuyo o pregunta en recursos humanos.
¿Cuánto te pagan?
El subsidio se calcula con el promedio de lo que ganaste en los tres meses anteriores a la licencia, después de descontar cotizaciones e impuesto. Ese promedio se divide por 30 para saber cuánto te pagan por cada día.
Si tu sueldo cambia mucho de un mes a otro (por comisiones u horas extra), el subsidio puede ser distinto a lo que recibes normalmente.
Mientras dura la licencia, quien te paga el subsidio también paga tus cotizaciones de AFP y salud. Así no tienes lagunas previsionales, es decir, no quedan meses sin cotizaciones en tu AFP, que después bajarían tu jubilación.
Plazos para tramitar tu licencia
- Tienes 2 días hábiles desde que empieza tu reposo para entregar la licencia a tu empleador.
- Hoy la mayoría de las licencias son electrónicas y le llegan a tu empleador de forma automática. Pero el sistema a veces falla y la licencia no llega. Para asegurarte, envía una copia por correo a recursos humanos o a tu jefatura, y pide que te confirmen que la recibieron. Guarda ese correo.
- Después, tu empleador tiene 3 días hábiles para completar sus datos y enviarla a la Isapre o a la COMPIN.
Si te rechazan o te reducen la licencia
Si estás en Isapre, puedes reclamar ante la COMPIN. Si estás en Fonasa y la COMPIN la rechaza, puedes apelar ante la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO). La resolución de rechazo indica el plazo que tienes para reclamar: respétalo, porque si se vence ya no podrás hacerlo.
Preguntas frecuentes
¿Me pagan los 3 primeros días de licencia?
Solo si la licencia es de 11 días o más, si es por un accidente o enfermedad del trabajo, o si tu contrato dice que el empleador los paga.
¿Qué son los días de carencia?
Son los primeros 3 días de una licencia de 10 días o menos, que no se pagan. Si la licencia es de 11 días o más, se paga desde el primer día.
¿El pago de la licencia es igual a mi sueldo líquido?
Se parece, pero no siempre es igual: se calcula con el promedio de tus tres meses anteriores, así que cambia si tu sueldo varía.
¿Qué hago si mi empleador dice que no le llegó la licencia?
Envía una copia por correo a recursos humanos o a tu jefatura y pide confirmación de recepción. Guarda ese correo como respaldo de que la entregaste a tiempo.
Fuentes
- SUSESO: desde qué día se pagan los subsidios
- SUSESO: qué debe hacer el empleador con la licencia
- Dirección del Trabajo: plazo para presentar la licencia médica
Revisado el 14-10-2026. Si una fuente oficial cambia, prevalece lo que diga esa fuente.