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Qué te deben pagar si te despiden

Qué pagos te corresponden según el motivo del despido, cuánto tiempo tienen para pagarte y qué hacer si no estás de acuerdo.

Actualizado el 14 de octubre de 2026

Lo que te deben pagar cuando termina tu contrato depende del motivo que da tu empleador. La ley le llama causal, y debe aparecer en la carta de despido. Esa carta te la tienen que entregar en persona o enviar por correo certificado, con copia a la Inspección del Trabajo.

Los motivos más comunes

La empresa reduce personal o se reorganiza (necesidades de la empresa, artículo 161)

Es cuando la empresa decide despedir por razones económicas, de reestructuración o cambios en el mercado, y no por algo que tú hiciste. Te corresponde:

  • Pago por años trabajados: un sueldo por cada año, con un máximo de 11 años y un sueldo máximo de 90 UF.
  • Mes de aviso: un sueldo más, si no te avisaron por escrito con 30 días de anticipación.
  • Vacaciones que te quedaron pendientes.

Renuncia, mutuo acuerdo o fin del contrato (artículo 159)

Cuando renuncias, cuando lo acuerdan entre ambos, o cuando se acaba el plazo del contrato o la obra. No hay pago por años trabajados (salvo que lo acuerden), pero sí te deben pagar las vacaciones pendientes y los días trabajados.

Despido por una falta grave (artículo 160)

Por ejemplo, faltas de honradez, acoso, abandono del trabajo, ausencias sin justificación o incumplimientos graves del contrato. No da derecho a indemnización. En este caso la carta debe explicar con detalle qué hechos se te atribuyen.

Plazos del finiquito

  • Tu empleador tiene 10 días hábiles, contados desde el término de la relación laboral (tu último día de trabajo), para pagarte el finiquito.
  • El finiquito se firma ante un ministro de fe (la Inspección del Trabajo, un notario u otro) o de forma electrónica en el sitio de la Dirección del Trabajo.
  • Si no estás de acuerdo con el motivo o los montos, puedes firmar con reserva de derechos. Es decir, escribes en el finiquito qué es lo que no aceptas, y así puedes reclamarlo después.

Si crees que tu despido fue injusto

Tienes 60 días hábiles, contados desde tu último día de trabajo, para demandar en el Juzgado del Trabajo. Si antes presentas un reclamo en la Inspección del Trabajo, ese plazo se detiene mientras se tramita, pero en total no puede pasar de 90 días hábiles.

Si el tribunal te da la razón, tu pago por años trabajados aumenta:

Qué decide el tribunalAumento
Usaron "necesidades de la empresa" sin razón válida30%
Te despidieron sin motivo, o con un motivo del art. 159 que no correspondía50%
Te acusaron de una falta grave (art. 160) que no se probó80%
La falta grave que te atribuyeron era claramente infundada100%

¿Qué es la Ley Bustos?

Es el nombre con que se conoce a la Ley 19.631, en honor a Manuel Bustos, dirigente sindical y diputado que la impulsó. Te protege cuando tu empleador te descontó las cotizaciones del sueldo, pero no las pagó en tu AFP, Fonasa o Isapre.

Si al momento de despedirte tu empleador tiene cotizaciones sin pagar, el despido no le sirve para dejar de pagarte: debe seguir pagándote el sueldo desde el despido hasta que pague todas las cotizaciones adeudadas y te lo informe por carta certificada. A esto se le llama nulidad del despido.

Para hacer valer este derecho tienes que demandar en el Juzgado del Trabajo. Los plazos para hacerlo son acotados, así que consulta cuanto antes en la Inspección del Trabajo o con un abogado laboral.

Antes de firmar tu finiquito, revisa tu cartola de la AFP (la ves en su sitio web con tu Clave Única) y confirma que todos los meses estén pagados. Si falta alguno, anótalo en la reserva de derechos.

¿Quieres saber más sobre esta y otras leyes? Lee leyes laborales explicadas en simple.

Calcula cuánto te corresponde en la calculadora de finiquito.

Esta guía es informativa. Nyo.cl no presta asesoría legal, laboral, contable ni tributaria. Si tienes un caso concreto, puedes consultar gratis en la Inspección del Trabajo o con un abogado laboral.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para demandar por despido injustificado?

60 días hábiles contados desde tu último día de trabajo. Si primero reclamas en la Inspección del Trabajo, el plazo se detiene mientras se tramita, con un máximo de 90 días hábiles en total.

¿Puedo firmar el finiquito y reclamar después?

Sí, si firmas con reserva de derechos: escribes en el finiquito qué montos o qué motivo no aceptas. Así conservas tu derecho a demandar.

¿Qué es la Ley Bustos?

Es la Ley 19.631. Dice que si tu empleador te despide sin haber pagado tus cotizaciones, debe seguir pagándote el sueldo hasta ponerse al día. Se hace valer demandando en el Juzgado del Trabajo.

Si me despiden con menos de un año de trabajo, ¿me pagan algo?

No te corresponde pago por años trabajados, pero sí el mes de aviso si no te avisaron con 30 días (cuando el motivo es necesidades de la empresa), además de tus vacaciones pendientes.

Fuentes

Revisado el 14-10-2026. Si una fuente oficial cambia, prevalece lo que diga esa fuente.

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